Presidio para autor de robo de auto y manejo en estado de ebriedad

Publicado: Viernes, 21 Julio 2017 07:12 Escrito por Mario San Martin

La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó este jueves 20 de julio el recurso

de nulidad interpuesto por la defensa, y confirmó la sentencia que condenó a Richard Manuel Hernández Parada a penas efectivas de 4 años y un día y 61 días de presidio, como autor de los delitos de robo de vehículo motorizado y conducción en estado de ebriedad ocasionando daños. Ilícitos perpetrados en septiembre de 2016, en la vecina comuna de San Nicolás.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada, rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la resolución dictada el 9 de junio pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

“(…) queda claro que el Tribunal enuncia y analiza toda la prueba producida por los intervinientes en el juicio oral, para llegar a la conclusión a que arribó y lo hace en forma coherente y racional. En consecuencia, los sentenciadores del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal recurridos, en las motivaciones de su sentencia, dieron correcta aplicación a lo señalado en la letra c) del artículo 342 del Código Procesal Penal, analizando y concluyendo por qué se dieron por probados los hechos y la participación de autor que al imputado Hernández Parada le correspondió en el delito de robo de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 284 del Código Penal”, sostiene el fallo.

El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 19 de septiembre de 2016, Hernández Parada concurrió al domicilio de Mario Antonio Venegas Gatica en la comuna de San Nicolás, donde sustrajo sin la voluntad de su dueño, un vehículo Nissan, modelo Stanza, "para lo cual forzó la chapa de la puerta del conductor, luego condujo el vehículo en estado de ebriedad, trasladándose hasta el sector de las ramadas en la comuna de San Nicolás, chocando en el trayecto con la camioneta marca Nissan, modelo Terrano, P.P.U. BLJK-97, de propiedad de Cristián Alejandro Faúndez Muñoz, la cual se encontraba estacionada en las inmediaciones".

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